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01/03/2012
¿Quién es el propietario de la lista de followers de mi Twitter?
por +Joaquín Herrero a las 16:01 [ enlace a esta entrada ]

Imagina que como parte de mi actividad profesional en la empresa Acme Corporation, dedicada (como todo el que haya visto los dibujos animados del correcaminos) a fabricar productos peligrosos, abro una cuenta en Twitter @joakinen_en_acme donde escribo sobre el sector profesional al que me dedico haciéndo explícita mi vinculación con Acme. Evidentemente uso Twitter en horas de trabajo ya que lo considero parte de mi actividad en Acme. Lo hago tan bien que en poco tiempo la cuenta @joakinen_en_acme consigue 17.000 followers.

Ahora decido cambiar de actividad profesional, así que renombro mi cuenta de Twitter a @joakinen_experto y llego a un acuerdo con Acme para mantener mi cuenta a condición de que de vez en cuando publique algún tweet sobre Acme en esa cuenta.

Todo perfecto hasta que a alguien se le ocurre que la lista de followers en Twitter puede ser considerada una cartera de clientes, ya que originalmente en mi cuenta de Twitter hice explícito que yo trabajaba como experto en dicha empresa. Visto así, lo que yo he hecho al mantener mi cuenta de Twitter con los 17.000 followers es llevarme una cartera de clientes de la empresa, así que Acme Corporation me pide que le abone el valor de dicha cartera, que ellos cifran en 2,50 dólares por follower: total 340.000 dólares.

Pues bien, donde dije "Acme Corporation" digo "Phonedog", y donde dije "@joakinen_en_acme" digo "@Phonedog_Noah" y tenemos ante nosotros el caso que enfrenta a Noah Kravitz con su anterior empresa, Phonedog, especializada en noticias relacionadas con el sector de la telefonía móvil, que le reclama 340.000 dólares por llevarse los 17.000 followers que consiguió en su cuenta @Phonedog_Noah mientras trabajaba con ellos.

Vayamos por partes: ¿de quién es propiedad la cuenta de Twitter "@Phonedog_Noah"?

Twitter lo deja muy claro en sus Términos de Uso: "Todo derecho, título o interés de y para los Servicios (excluyendo el Contenido proporcionado por los usuarios) son y seguirán siendo de exclusiva propiedad de Twitter y sus cedentes."

Es decir, el contenido publicado pertenece a Twitter, pero ¿a quién pertenece la lista de followers? ¿De quién eran propiedad los followers de Noah Kravitz? Twitter no dice nada específicamente de la lista de followers en sus Términos de Uso, aunque se sobreentiende que Twitter sería la propietaria amparándose en su titularidad sobre "el interés de los Servicios". Pero Phonedog no opina así. El New York Times y The Guardian publicaron sendos artículos en los que describen el caso incluyendo el punto de vista de la compañía, que en resumen es que "para cuidar nuestra marca en las redes sociales invertimos mucho dinero y recursos por lo cual consideramos los followers o fans propiedad de nuestra empresa". Es decir, que para Phonedog "la lista de Twitter es propiedad de quien se la trabaja", lo que incluye a la propia compañía amparándose en las inversiones que hacen en cuidar su marca en las redes sociales y parece excluir a Kravitz a pesar de haber sido él el que puso más esfuerzo en cuidar a sus abundantes followers.

De todas formas, hay que relativizar esto un poco. Parece que en este contencioso hay más tela que cortar de la que aparenta ya que la relación de Kravitz con Phonedog era de "vested partner", algo así como "socio con derecho a futuras ganancias" y éste al terminar su relación profesional con la empresa les reclamó su 15% de las ganancias que ya obtenía el sitio web, algo que, según Kravitz no sentó nada bien a la compañía por lo que contratacaron reclamándole el valor comercial de la lista de followers de la cuenta de Twitter que él se llevaba.

En cualquier caso, resulta interesante la ocurrencia de comparar una lista de fans o followers con una cartera de (potenciales) clientes y llegar hasta a valorar económicamente nuestra presencia como fans de una marca en una red social. No me cabe duda de que Phonedog ya ha comprobado que las posibilidades de fidelización a una marca que ofrecen las redes sociales son extraordinarias. Lo que no está tan claro es que una lista de followers pueda ser considerada cartera de clientes, es decir, secreto comercial privado. ¿Qué sentido tiene declarar como privadas y confidenciales las identidades de 17.000 personas por el mero hecho de que parte de su actividad ha sido seguir públicamente a una marca en una red social a través de un experto que trabaja en ella?

Quizás Phonedog ha llevado demasiado lejos el evidente valor de una lista de seguidores al equipararla a una cartera de clientes sometida a secreto comercial, tal como afirma en este blog un bufete de abogados especializados en propiedad intelectual al comentar el caso Kravitz-Phonedog ya que es difícil demostrar el beneficio económico directo que la lista de followers le reporta a la empresa (condición necesaria para que algo sea considerado "secreto comercial").

El caso aún no está judicialmente resuelto, por lo que habrá que seguirlo para comprobar cómo se argumenta que una lista de followers proporciona beneficio económico directo a una empresa y cómo se puede considerar a una cuenta personal de un trabajador como propiedad empresarial por el hecho de tuitear acerca de su empresa.

Por el momento la mejor lección que sacar de este caso es no mezclar en una misma cuenta de una red social nuestra actividad profesional con nuestra actividad personal, no sea que consigamos demasiados followers contando nuestra vida privada y nuestro jefe pretenda convertirla en secreto comercial.

Ah, y de paso ya sabemos cuánto vale hacerse follower de una marca: 2,50 dólares. ¿Por qué no les pedimos un descuento equivalente en nuestra próxima compra?

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